La prestaciones ley de dependencia Castilla y León incluyen ayudas económicas para personas en situación de dependencia. Se trata de una cuantía económica que se reconoce a la persona beneficiaria con el fin de:
- Contribuir a la financiación del coste de un servicio, prestado por un centro o entidad privada
debidamente acreditada, cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado
(PEVS). - Contribuir a los gastos derivados de la atención a la persona en situación de dependencia en su
domicilio. Debido a sus requisitos, tiene carácter excepcional (PECEF). - Contribuir a la financiación del contrato de una asistencia personal, que facilite el acceso tanto
a la educación o al trabajo, como a una vida más autónoma (PEAP)
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Prestaciones ley de dependencia en Castilla y León: qué ayudas económicas existen
Es una prestación económica periódica, que contribuye a financiar los gastos del servicio de atención residencial, atención diurna o ayuda a domicilio. Se trata de una prestación económica que tiene como finalidad contribuir a la financiación del coste de un servicio, prestado por un centro o entidad privada, debidamente autorizada, cuando no sea posible el acceso a un servicio de la red pública. El centro o entidad privada que preste el servicio deberá estar inscrito en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y llevar a cabo la justificación mensual de esta prestación económica mediante la aplicación (SAUSS). La cuantía de esta prestación económica se calcula en función del grado de dependencia, el coste del servicio y la capacidad económica de la persona beneficiaria.
Prestación para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
Se trata de una cuantía económica, de carácter excepcional, que tiene como finalidad contribuir a los gastos derivados de la atención a la persona en situación de dependencia en su domicilio. El reconocimiento de esta prestación económica exige la propuesta previa de los servicios sociales municipales; que no sea posible el reconocimiento de un servicio más adecuado a las necesidades de la persona beneficiaria, y que se acredite que los cuidados que se deriven de su situación de dependencia se estén prestando en el domicilio familiar con anterioridad de al menos, un año a la presentación de la solicitud. Requisitos necesarios para ser cuidador no profesional:
- Ser mayor de 18 años y tener capacidad física, mental e intelectual suficiente para desarrollar, por sí mismo y de manera adecuada, las funciones de atención y cuidado, así como no tener reconocida la situación de dependencia o tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior a un 75%.
- Ser cónyuge o pariente por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado de parentesco y haber estado conviviendo con la persona en situación de dependencia en el mismo domicilio y prestándole cuidados durante, al menos, el año anterior a la fecha de la solicitud. Se entienden como situaciones asimiladas a la relación familiar, las parejas de hecho, tutores y personas designadas, administrativa o judicialmente, con funciones de acogimiento.
- Prestar los cuidados en el entorno habitual del beneficiario, convivir con él y asumir formalmente los compromisos necesarios para la atención y cuidado de la persona en situación de dependencia.
- Asumir igualmente el compromiso de realizar las acciones formativas que se le propongan, siempre que sean compatibles con el cuidado de la persona en situación de dependencia.
- Como norma general, una misma persona no podrá ser cuidadora de más de dos personas en situación de dependencia.


En Cuidamos Mundi contamos con un departamento de Trabajo Social encargado del seguimiento y la realización de los programas de individuales de atención (PIA) de nuestros clientes, el asesoramiento en relación a cualquier tramite con la administración relacionado con la ley de dependencia y las valoraciones de grados de discapacidad. Si tienes cualquier duda sobre la ley de dependencia, tramitación, valoración e interpretación de la misma, no dudes en ponerte en contacto con nuestra Trabajadora Social.
Para más información sobre los grados de dependencia y las prestaciones económicas, puedes consultar el portal del IMSERSO o ver nuestra guía sobre grados de dependencia en Castilla y León.
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